
Ante los daños irreversibles generados al ecosistema y recursos naturales por el vertimiento de lodos sobre la quebrada Suchinica, que desemboca al río Ubaté, de la cual se abastece la bocatoma del sistema de acueducto de ese municipio, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), suspendió de forma inmediata toda actividad de extracción y transformación por afectaciones a los recursos naturales a la empresa de gravas Rocas y Agregados de Carupa (Antiguo El Triangulo).
Este aporte de material sobre la quebrada, obstruye el flujo de agua, generando un represamiento del afluente hídrico en un tramo aproximado de 200 metros, constituyendo una posible amenaza a la población y para el normal desarrollo de los organismos presentes en el ecosistema.
@CAR_Cundi suspende en flagrancia actividades a la empresa Roca y Agregados de Carmen de Carupa, antigua mina El Triángulo: https://t.co/MFCeeIueXH La medida se toma ante los daños a los recursos naturales a afluentes hídricos de la región. pic.twitter.com/fWdNQrB8H8
— La Villa (@lavillanoticias) June 16, 2018
La autoridad hace la aclaración que la ocurrencia de esta situación, fue prevista y puesta en conocimiento por funcionarios de la CAR, en la visita de seguimiento realizada el 17 de mayo del año en curso, ante el personal de la empresa que atendió la diligencia. Durante la inspección técnica, se evidencia que el sistema de sedimentación por piscinas de lodo, no circula de acuerdo a las especificaciones técnicas contempladas en la licencia ambiental, presentando un nivel cercano al reboce.
En la diligencia, se observó que el terraplén de la vía, paralelo a la quebrada Suchinica, cuenta con dos boquetes por los cuales hay trazas de vertimientos de sedimentos. Así mismo, se encuentra que la empresa no presento el plan de contingencia y tampoco ha realizado alguna actividad para mitigar o impedir que se continúe con la degradación del medio ambiente, lo anterior a pesar del requerimiento efectuado por la CAR.
Es decir que la actividad no se está realizando bajo las condiciones técnicas exigidas en el instrumento ambiental otorgada mediante Resolución 1421 del 5 del septiembre de 1997, lo cual genera amenazas para El medio ambiente y la población residente aguas abajo al punto de afectación.
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