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Dueño de glamping fue condenado por muerte de una mujer en Manta: logró rebaja de pena con preacuerdo

Un juez penal de conocimiento de Chocontá avaló la negociación con el propietario del glamping y fue condenado por los delitos de homicidio culposo y lesiones personales, más no por homicidio doloso ni tentativa de homicidio, como había exigido inicialmente la familia de las víctimas.

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En un fallo reciente, un juez penal de conocimiento de Chocontá condenó a Raúl Méndez Moreno, propietario de un glamping en el municipio de Manta (Cundinamarca), por su responsabilidad en una tragedia ocurrida el 22 de abril de 2022, en la que falleció una mujer y su pareja quedó con graves secuelas neurológicas.

La víctima, Deysy Riaño, murió tras inhalar monóxido de carbono mientras se hospedaba en una de las cúpulas del establecimiento turístico. Su compañero sentimental, Fabián Guillermo Sarmiento, quedó en estado vegetativo a causa de la exposición prolongada al gas tóxico.

Pese a la gravedad de los hechos, Méndez Moreno logró una rebaja en la condena tras aceptar cargos mediante un preacuerdo con la Fiscalía General de la Nación. Fue sentenciado a tres años de prisión y al pago de una multa equivalente a 24 salarios mínimos legales mensuales vigentes, tras ser hallado culpable de homicidio culposo y lesiones personales.

La familia de las víctimas había solicitado que se le imputaran delitos más graves, como homicidio doloso y tentativa de homicidio, petición que no fue acogida por el ente acusador ni por el juez.

La investigación de la Fiscalía evidenció una grave negligencia por parte del propietario, al permitir instalaciones improvisadas y sin regulación técnica, como el uso de tubos de PVC en los sistemas de ventilación y calefacción. Los peritajes revelaron que los trabajos fueron ejecutados por personal sin formación ni licencias, lo que generó fallos críticos en el suministro de gas.

Fabián Guillermo Sarmiento, la pareja de Deysy Riaño

La autopsia practicada a Riaño indicó una saturación de carboxihemoglobina superior al 60% en su sangre, un nivel considerado letal. Su pareja quedó con daños irreversibles en el cerebro y los pulmones. Actualmente solo puede comunicarse mediante movimientos oculares.

Según relató en su momento la familia de la víctima, el dueño del glamping solo ingresó al lugar hacia la 1:00 p. m. del día siguiente, al notar que los huéspedes no respondían. “Dentro del glamping había una campana de un calentador conectada con un tubo de PVC. Ellos se durmieron y, como el monóxido entra al cuerpo y lo deja inconsciente, no se dieron cuenta”, relató.

La tragedia también puso en evidencia la falta de protocolos de emergencia y la demora en la atención, aspectos que aumentaron la indignación de los familiares.

El caso ha encendido las alarmas entre expertos y ciudadanos sobre la proliferación de glampings y otros hospedajes alternativos en Colombia sin la debida supervisión técnica ni regulatoria. Diversas organizaciones han solicitado una revisión urgente de las normas que rigen estos negocios, especialmente en lo relacionado con instalaciones de gas, ventilación y medidas de seguridad.

La sentencia condenatoria contra Raúl Méndez Moreno será leída oficialmente el próximo 8 de mayo, durante una audiencia pública.

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