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El 14 de octubre vence el plazo para impugnar la anulación de cédulas en Ubaté

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Debido a una mala interpretación de la Resolución 3551 del 24 de septiembre de 2015, expedida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), donde se anuló 1.006 cédulas de las 2.263 inscritas para votar el 25 de octubre en el municipio de Ubaté.

Inicialmente se le informó a los afectados que hasta hoy, 6 de octubre, tenían plazo para presentar los recursos y pruebas de apelación. Sin embargo, en realidad, lo que vence el día de hoy es la publicación y notificación del Decreto.

A partir de mañana, 7 de octubre, empiezan a correr los cinco días hábiles para que todas aquellas personas que lo deseen puedan impugnar la decisión del CNE y su cédula sea admitida en el censo electoral del municipio de Ubaté.

En suma, hasta el próximo miércoles 14 de octubre todos los directamente afectados podrán adelantar el trámite correspondiente, el cual, además, está siendo guiado por la Personería Municipal de Ubaté.

Qué pruebas deben presentar los afectados

Los ciudadanos que se sientan afectados deberán redactar un oficio dirigido al CNE anexando una carta laboral, certificado de pago de impuestos o una certificación de residencia expedida por la Alcaldía, en donde se conste el domicilio y vínculo con el municipio de Ubaté.

Si soy de Ubaté, ¿Por qué aparezco en la lista?

Según información de la Registraduría Municipal, esta situación se presenta porque, en elecciones pasadas, se ha inscrito la cédula en otro municipio, lo que significa que su residencia electoral se encuentra en permanente migración. Lo que lo convierte en un trashumante.

Si aparezco en la lista, ¿Puedo votar?

Sí, el derecho a elegir no se le coarta. Quien no presente el recurso de apelación o no le proceda a favor del reclamante el CNE lo devuelve al sitio anterior de votación.

REDACCIÓN LA VILLA

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